El convenio de hostelería de la provincia de Sevilla está vigente de 2025 a 2028. Esta guía recoge la tabla salarial de 2026 por tipo de local y nivel, las 15 pagas, la jornada de 1.800 horas, la nocturnidad y los pluses, con el boletín de donde sale cada dato.
¿Qué convenio se aplica en Sevilla y a quién cubre?
En la provincia de Sevilla la hostelería se rige por el Convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de Sevilla (código 41001465011981). Lo firmaron la Asociación de Hoteles de Sevilla y la Asociación Empresarial de Hostelería con CCOO y UGT. Se publicó en el BOP de Sevilla n.º 102 del 30 de mayo de 2025.
Es un convenio provincial: aplica igual en Sevilla capital, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra o cualquier otro municipio de la provincia. Cubre a las personas trabajadoras de las empresas de hostelería que recoge el Acuerdo Laboral estatal del sector: camareros, cocineros, personal de sala, recepción y pisos en hoteles, restaurantes, bares, cafeterías y catering.
Esta guía recoge la tabla salarial de 2026, las pagas, la jornada y los pluses, siempre con el artículo del convenio del que sale cada dato.
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Vigencia y subidas salariales 2025 a 2028
El convenio está en vigor del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2025. En 2026 no estamos en prórroga: es el segundo año de un convenio de cuatro.
Las subidas pactadas son fijas y se aplican sobre la tabla del año anterior, tanto a las tablas como a los demás conceptos económicos, salvo la antigüedad.
- 2025: 4 % sobre las tablas de 2024
- 2026: 5 % sobre las tablas de 2025
- 2027: 4 % sobre las tablas de 2026
- 2028: 4 % sobre las tablas de 2027
- Camarero/a de pisos de nivel 3 bis: 1,5 % adicional cada año, sin superar el salario del nivel 3
Niveles: dónde encaja el camarero y dónde el ayudante
El convenio de Sevilla ordena los puestos en cinco niveles. El salario mínimo sale de cruzar tu nivel con el tipo de establecimiento donde trabajas.
El nivel 3 incluye a camarero/a, sumiller, barman, cocinero/a, jefe/a de partida y oficial repostero/a. El nivel 3 bis es la camarera o camarero de pisos. El nivel 4 incluye al ayudante de camarero y al ayudante de cocinero.
| Nivel | Puestos de ejemplo |
|---|---|
| Nivel 1 | Jefe/a de cocina, primer jefe/a de comedor, jefe/a de sala, primer barman, gobernanta |
| Nivel 2 | Segundo/a jefe/a de sala, de comedor o de cocina, jefe/a de sector, repostero/a, recepcionista |
| Nivel 3 | Camarero/a, barman, sumiller, cocinero/a, jefe/a de partida |
| Nivel 3 bis | Camarero/a de pisos |
| Nivel 4 | Ayudante de camarero/a, ayudante de cocinero/a, dependiente de segunda |
Tabla salarial 2026: camarero o camarera (nivel 3) según el tipo de local
Estos son los salarios base mensuales brutos de 2026 para el nivel 3, tal y como figuran en el anexo 2 del convenio. Se pagan en 15 pagas al año. La columna de 2025 sirve para ver cuánto ha subido.
Un camarero de un bar con comidas, una pizzería o una hamburguesería (restaurante de 1 tenedor) parte de 1.344,20 € brutos al mes en 2026. En un restaurante de 3 o 2 tenedores, de 1.356,68 €.
| Tipo de establecimiento | Nivel 3 en 2025 | Nivel 3 en 2026 |
|---|---|---|
| Restaurantes de 5 y 4 tenedores | 1.413,12 € | 1.483,78 € |
| Restaurantes de 3 y 2 tenedores y catering | 1.292,08 € | 1.356,68 € |
| Restaurante de 1 tenedor, tabernas con comidas, colectividades, pizzerías, hamburgueserías | 1.280,19 € | 1.344,20 € |
| Cafeterías de 3 y 2 tazas | 1.248,53 € | 1.310,96 € |
| Cafeterías de 1 taza y creperías | 1.223,53 € | 1.284,71 € |
| Cafés, cafés bares de categoría especial, cervecerías, chocolaterías y heladerías | 1.205,30 € | 1.265,56 € |
| Cafés y cafés bares de 4.ª | 1.186,46 € | 1.245,79 € |
| Hoteles y apartamentos de 5 y 4 estrellas | 1.423,97 € | 1.495,17 € |
| Hoteles y apartamentos de 3 estrellas | 1.273,85 € | 1.337,55 € |
| Hoteles y apartamentos de 2 estrellas | 1.225,06 € | 1.286,31 € |
| Hoteles y apartamentos de 1 estrella, moteles, campings, pensiones y hostales | 1.195,21 € | 1.254,97 € |
Comprueba en un minuto si tu nómina llega al mínimo de convenio de tu puesto y tu tipo de local.
Comprobar mi sueldoTodos los niveles en un restaurante de 3 y 2 tenedores
Para que veas la escala completa, esta es la tabla de 2026 de los restaurantes de 3 y 2 tenedores y catering. Los niveles 4 y 5 cobran lo mismo en este tipo de local.
Las cifras son salario base mensual bruto en 15 pagas. Sobre ellas se suman la antigüedad y los pluses que correspondan.
| Nivel | Salario base mensual 2026 |
|---|---|
| Nivel 1 | 1.427,00 € |
| Nivel 2 | 1.390,88 € |
| Nivel 3 | 1.356,68 € |
| Nivel 4 | 1.270,78 € |
| Nivel 5 | 1.270,78 € |
Salario por hora: cómo se calcula y cuánto sale
El convenio no publica un precio por hora. Se calcula dividiendo lo que cobras en un año entre las horas de jornada. Sevilla tiene 15 pagas al año y una jornada máxima de 1.800 horas de trabajo efectivo (artículo 30).
Con la tabla de 2026: 1.344,20 € x 15 pagas / 1.800 horas son 11,20 € brutos por hora para el camarero de un restaurante de 1 tenedor. En un restaurante de 3 o 2 tenedores, 11,31 €; en una cafetería de 3 y 2 tazas, 10,92 €.
Es un cálculo nuestro sobre el salario base y las pagas. No incluye el plus convenio, el plus de asistencia, la antigüedad, la nocturnidad ni los festivos, que suben la cifra real.
Pagas extras, jornada y vacaciones
El convenio de Sevilla reparte el salario en 15 pagas. Las dos extras ordinarias, de treinta días cada una, se cobran el 15 de julio y el 15 de diciembre. A ellas se suma la paga de primavera, también de treinta días, que la empresa abona antes del 1 de abril del año siguiente. Por acuerdo con la plantilla, las pagas se pueden prorratear en 12 mensualidades.
La jornada máxima es de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo. Hay una bolsa de 180 horas de jornada irregular, que solo se puede usar de febrero a mayo y de septiembre a diciembre, con un máximo de 10 horas diarias y 50 semanales. Fuera de esos meses, el límite es de 40 horas semanales y 8 diarias.
Las vacaciones son de treinta días naturales.
Nocturnidad, plus convenio, plus de asistencia y horas extra
Estos son los pluses del convenio que más aparecen en una nómina de hostelería en Sevilla. La mayoría se calculan sobre el salario base de tu nivel y tu tipo de local.
- Nocturnidad: las horas entre las 22:00 y las 06:00 se pagan con un mínimo del 25 % sobre el salario hora ordinario cuando la jornada nocturna es parcial (artículo 15)
- Jornada específicamente nocturna que empieza después de las 22:00: plus del 20 % sobre el sueldo base (artículo 15)
- Plus convenio: equivale a 20 días de salario base mensual más antigüedad. Se devenga del 15 de octubre al 14 de octubre y se abona el 15 de octubre, o prorrateado en 12 meses (artículo 16)
- Plus de asistencia: 10 días de salario base mensual más antigüedad, que se cobra en enero del año siguiente. Se pierde en parte con 8 o 9 faltas al año y del todo con 10 o más (artículo 17)
- Horas extraordinarias: se pagan con un 75 % de recargo sobre la hora ordinaria, o se compensan con descanso (artículo 12)
- Manutención: a quien come en la empresa se le descuentan 5,80 € al mes, cifra que sube cada año igual que las tablas (artículo 11)
Cómo comprobar tu nómina con el convenio de Sevilla
Cuatro pasos bastan para saber si te pagan lo que toca. Hazlos con tu contrato y tu última nómina delante.
Si la cifra de tu nómina sale por debajo del mínimo de tu nivel y tu local, tienes derecho a reclamar la diferencia. Empieza por hablarlo con la empresa o con el comité, y si no se resuelve, por el sindicato o la inspección de trabajo.
- Busca en el contrato tu categoría y tu nivel. Si pone camarero/a, es nivel 3
- Identifica el tipo de local: no es lo mismo un restaurante de 3 tenedores que un bar de 1 tenedor o una cafetería
- Mira en la tabla de esta guía el salario base mensual de tu nivel y tu local, y compáralo con el salario base de tu nómina. Si tienes las pagas prorrateadas, comprueba que el importe mensual las incluya
- Revisa aparte los pluses: nocturnidad, plus convenio, plus de asistencia, festivos y horas extra tienen su propia línea
Introduce tu puesto, tu provincia y tu jornada, y compara con el mínimo de convenio.
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Pedir personal en SevillaDe dónde salen estos datos
Todas las cifras de esta guía proceden del texto oficial publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Las cifras por hora son un cálculo propio a partir de esas tablas y se indican como tal.
Revisado el 30 de septiembre de 2026. Las tablas de 2027 y 2028 saldrán de aplicar las subidas pactadas. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.
- BOP de Sevilla n.º 102, 30 de mayo de 2025: Convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de Sevilla, vigencia 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2028 (https://bopsevilla.dipusevilla.es/publica/buscador-anuncios/anuncio/Convenio-Colectivo-del-sector-de-hosteleria-de-la-provincia-de-Sevilla-con-vigencia-del-1-de-enero-de-2025-al-31-de-diciembre-de-2028/)
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