El convenio de hostelería de tu provincia fija un mínimo por hora según el tipo de local y el puesto. Ese mínimo es un suelo legal, no un techo: hay ofertas que pagan por encima, sobre todo en noche fuerte y en eventos. Pero por debajo, no.
Las cifras de abajo son el bruto por hora efectiva, con las pagas extra ya prorrateadas y el plus de transporte incluido donde el convenio lo contempla. Son las mismas tablas que usa nuestra calculadora de convenio.
Un cálculo rápido
Un turno de 8 horas de camarero en un bar de Madrid, al mínimo de convenio, son 10,19 € × 8 = 81,52 € brutos. Si de esas horas cuatro caen entre las 00:00 y las 08:00, esas cuatro llevan además un 25 % de nocturnidad. Y si el día es festivo del calendario laboral, el recargo es del 75 % o se compensa con descanso.
Ojo con una confusión muy extendida: el domingo, por sí solo, no es festivo a efectos de convenio. Lo que se paga aparte es la nocturnidad y los festivos oficiales.